lunes, 3 de marzo de 2014

APBA INFORMA Y COMPARTE CRITERIOS PARA LA ATENCION ONLINE Y TELEFONICA DE FePRA



CRITERIOS PARA LA ATENCIÓN ON LINE Y TELEFONICA

          

ANEXO 1 – ACTA COMISION NACIONAL DE AUDITORIA DE SETIEMBRE 2011


Federación de Psicólogos de la República Argentina (FePRA)

En líneas generales sería conveniente que todos los profesionales, anualmente, actualizaran sus datos en cada colegio profesional al igual que la información sobre sus abordajes o metodología de trabajo y el campo referencial o teórico en el cual tiene sustento su praxis. Además de ser información útil para la estadística, facilitará a cada colegio data sobre las posibles necesidades de formación de su población matriculada, entro otras posibles acciones.


REQUISITOS:


1-    Estar matriculado en el colegio profesional de la jurisdicción donde trabaja.

2-    Informar a su colegio profesional el tipo de práctica o técnica que utiliza: on line(via  email, chat, cuestionarios, pagina web, etc.) y consulta telefónica.

3-    Presentar información y documentación detallada de dichos instrumentos o medios mediante los cuales realizará su práctica.

4-    Facilitar el acceso pleno al webmaster o administrador de la red o página web donde esta como residente la página web, al colegio profesional.

5-    En caso de ser una página web el dominio deberá ser .com

6-    En la página web deberá poner a disposición de los navegantes el teléfono, dirección y mail del colegio que avala su trabajo, con la matrícula.

7-    En la página web deberá figurar un CV donde figure el N° de matricula

8-    En el caso de que sea con pacientes residentes en otra provincia deberá cursar nota informativa y solicitar autorización para desarrollar su práctica a los fines de que el colegio meritué la propuesta. De ser viable la misma el colegio profesional donde reside el paciente deberá o podrá exigir que el colega designe a un matriculado de ese colegio como colega de referencia y/o supervisión, el cual deberá cumplir con los requisitos establecidos para la práctica profesional. De corresponder el colegio profesional podrá o deberá exigir el pago de la matricula y las cuotas o canon según establezca. Deberá así mismo presentar una nota de presentación de referencia del colegio donde reside efectivamente, acompañado de su CV.

9-    En caso de no contar con colegio profesional deberá cursar solicitud de autorización con CV y la documentación respaldatoria correspondiente a la entidad jurisdiccional o a la FePRA.

10-  En caso de sesiones, consultas y/o evaluaciones on line o telefónicas, se deberá guardar un respaldo de todas y cada una de ellas en formado de audio y/o video, cada tres meses deberá realizar un respaldo o CD o DVD, el cual estará debidamente protegido, además de con un clave de acceso por cualquier otro medio eficiente que permita la confidencialidad de la información o documentación allí contenida.

11-  Se deberá llevar un registro de las consultas y del consentimiento informado. En el caso de este, deberá ser incluido en la página web.

12- Al momento de la primera consulta se indicará y orientará en caso de no haberlo hecho previamente, al consultante que debe tomar debida cuenta del consentimiento informado y remitir una copia firmada en original y dos copias para el archivo que el profesional a tales efectos habilitara.

13- En el texto del consentimiento informado se dará cuenta de los números de contacto y referencia del colegio profesional, además de figurar en el cuerpo del mismo el n° de matricula habilitante del profesional y demás datos profesionales.

14- En el texto también se incluirá en un anexo la forma y tiempos de pagos de las consultas o asesoramientos

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