miércoles, 9 de octubre de 2013
martes, 8 de octubre de 2013
APBA INFORMA A TRAVES DEL FORO DE TRABAJO Y SALUD MENTAL
El Foro de Trabajo y Salud Mental de APBA reinicia su actividad presentando el libro TRABAJO Y SALUD MENTAL. El trabajo, las instituciones y la subjetividad. Conceptos, perspectivas e intervenciones.
Este texto recoge los aportes muchos con un recorrido importante en el tema de la salud de los trabajadores. Expresan algunos de los esfuerzos teóricos y concretos en el logro del derecho la salud en el trabajo tantas veces vulnerado y es el resultado de los encuentros mensuales del Foro llevados a cabo a lo largo del año 2009, en APBA.
La Editorial UniRío dependiente de la Universidad Nacional de Río Cuarto consideró adecuada su edición, decisión que nos enorgullece y simultáneamente mucho agradecemos.
La presentación será a cargo de Carlos Vaca,ingeniero especializado en Salud y Seguridad, Director de Producción y seguridad de Fabricaciones Militares y Mario Molina presidente de ABPA y de la Federación de Psicólogos de la República Argentina.
Le invitamos el 19 de noviembre del corriente año a las 19 hs en la sede de APBA, Azcuénaga 767 5° P CABA
APBA INFORMA A TRAVES DEL DEPARTAMENTO DE PREVENCION DE LA VIOLENCIA DE GENERO Y EL ABUSO SEXUAL INFANTIL
El proyecto presentado por la Asociacion de Psicologos de Buenos Aires en el Parlamento de mujeres, fue tomado por la Diputada Maria Elena Naddeo y puesto a discusion en la reunion de la comision de salud del dia 7 de octubre, con la presencia de los asesores de todos los bloques y se le ha dado curso para que sea debatido en la Legislatura
Defendio el proyecto la Lic. Graciela Mabel Gonzalez , Directora del Departamento de Prevencion de la Violencia de Genero y el Abuso Sexual Infantil de APBA
PROYECTO DE DECLARACIÓN
La
Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires vería con agrado que el Poder
Ejecutivo, a través de los organismos pertinentes, promueva la difusión y
aplicación del Protocolo de Abuso Sexual Infanto-Juvenil del Ministerio de
Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Res.904/2008), en todas las áreas
u organismos vinculados con la atención de la infancia, y habilite las medidas
administrativas para su aplicación tanto en el ámbito público como en el
privado, desalentando la utilización de técnicas no reconocidas para el
diagnóstico del abuso sexual infanto-juvenil.
FUNDAMENTOS
Sra. Presidenta:
Por
medio de la Resolución del Ministerio de Salud de la Ciudad N° 904/2008 se
implementa un Protocolo de Abuso Sexual Infanto- Juvenil obligatorio para los hospitales
de la Ciudad.
Si bien compartimos el marco teórico y legal de
dicho instrumento, resulta insuficiente a la luz del avance teórico sobre el
tema, su abordaje y procedimientos.
Sostenemos que no es posible diagnosticar,
entrevistar y/o asistir a niños, niñas y adolescentes que hayan sufrido abuso
sexual, sin que exista la aplicación de una perspectiva de género y un rechazo total al inexistente síndrome de
alienación parental, que algunos profesionales insisten en considerar, a pesar
de no ser admitido ni por el DSM-IV (Manual diagnóstico y estadístico de los
trastornos mentales) ni por el reciente DSM-V, provocando de esta manera la
doble victimización de niñas, niños y adolescentes.
Por otra parte, proponemos extender la aplicación
de dicho Protocolo a todo ámbito de la Ciudad donde se atiendan niños,
niñas y adolescentes víctimas de abuso sexual.
Tanto a nivel nacional como de la Ciudad Autónoma de
Buenos se han sancionado leyes que garantizan a niños, niñas y adolescentes
todas las oportunidades para su pleno desarrollo físico, psíquico, moral,
espiritual y social, en condiciones de libertad, igualdad y dignidad.
En tal sentido se ha dictado la Ley N° 114 de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires que regula la Protección Integral de los
Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, y exige la efectivización, defensa y
resguardo de los derechos de niños, niñas y adolescentes.
Por su parte, a nivel nacional la Ley Nº 26.061
prevé la protección integral de los derechos de niños, niñas y adolescentes y
resguarda el interés superior de los mismos.
Ley N° 448 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sobre Salud Mental indica también en su Artículo 3º [Derechos] que es un
derecho de todas las personas … la atención basada en fundamentos científicos
ajustados a principios éticos y sociales;
Por eso sostenemos que deben ser profesionales
idóneos quienes realicen diagnósticos, evalúen daños y perjuicios, dimensionen
consecuencias e impactos, brinden apoyo, orientación, contención, seguimiento y
acompañamiento para que niñas, niños y adolescentes mantengan o recuperen el
disfrute y goce de sus derechos; o bien interpongan acción judicial contra todo
acto que vulnere o restrinja los derechos de niños, niñas y adolescentes y
proponiendo de ser necesario, las reformas legales necesarias para garantizar
los derechos de niños, niñas y adolescentes.
En este sentido, uno de los flagelos que sufren los
niños, niñas y adolescentes es ser víctimas de situaciones de violencia,
maltrato y abuso. Asimismo, también se advierte con preocupación la violencia
institucional que sufren cuando desde la justicia se intenta oírlos apelando a
profesionales que no están capacitados en esta temática, a pesar de las
exigencias de la normativa al respecto.
El abuso sexual
infantil es el mayor grado de violencia
que puede padecer un niño, niña o
adolescente, provoca un trauma psicológico duradero, y afecta el
completo bienestar bio-psicofísico de
las personas.
Un niño puede padecer violencia física, psicológica,
ser testigo de violencia, sufrir explotación
laboral, abuso sexual, trata de personas, ser captado por redes virtuales
de pedófilos, etc. Los/las profesionales deben ser capacitados para que los
niños, niñas y adolescentes reciban la mejor atención posible ya que a veces
“trabajamos corriendo contra el tiempo, permaneciendo en él y deslizándonos a
través del tiempo”[1].
Por todo lo expuesto Sra. Presidenta, solicitamos la
aprobación del presente Proyecto de Declaración.
APBA INFORMA A TRAVES DEL DEPARTAMENTO DE PSICOLOGIA LATINOAMERICANA
DÍA DE LA PSICOLOGÍA LATINOAMERICANA
El que hace ciencia sin con-ciencia de su situacionalidad y de su situación compromete su ciencia in-conscientemente a la precariedad de la situacionalidad y a los intereses de la
situación... (Martín-Baró, 1998:41).
El 8 de octubre de 2006 fue declarado por la ASAMBLEA de la ULAPSI como el Día de la Psicología Latinoamericana. Evoca la responsabilidad científica y profesional como psicólogas y psicólogos latinoamericanos de renovar nuestro compromiso “con-ciencia” hacia nuestros pueblos. Esta acción implica una psicología: consciente del relato histórico hegemónico heredado que ha operado como “lentes de los demás” (Martín-Baró, 1998:42) en la mirada sobre nuestros pueblos, en la construcción de su memoria y capacidades humanizadoras, en la determinación de
una identidad latinoamericana indolente reflexiva sobre las concepciones epistemológicas, metodológicas, ética y política
que han determinado y orientado su quehacer comprometida con una ética de liberación identificadora de las estructuras
ideológicas que regulan con efectos totalizadores la concepción de lo humano y la fuerza expresiva de un pueblo
promotora de una alteridad narradora de la propia historia que se revela en el cara-a-cara, en una relación inclusiva basada en la igualdad, el respeto por las diferencias individuales y singulares
forjadora de un legado identitario para las nuevas generaciones de psicólogas y psicólogos latinoamericanos.
Asumir una Psicología Latinoamericana es involucrarse en una praxis transformadora de la realidad y que al mismo tiempo nos transforme; es comprometerse con una ética de vida que contribuya a producirla y reproducirla en su corporeidad, en lo simbólico y
pulsional, en su especificidad y diversidad, en comunidad (Dobles, 2005). Los profesionales de la psicología de la Argentina asumimos la responsabilidad de hacer que el decir se encarne en actos.
Lic. Blanca Alvarez
DEPARTAMENTO DE PSICOLOGÍA LATINOAMERICANA - APBA
El que hace ciencia sin con-ciencia de su situacionalidad y de su situación compromete su ciencia in-conscientemente a la precariedad de la situacionalidad y a los intereses de la
situación... (Martín-Baró, 1998:41).
El 8 de octubre de 2006 fue declarado por la ASAMBLEA de la ULAPSI como el Día de la Psicología Latinoamericana. Evoca la responsabilidad científica y profesional como psicólogas y psicólogos latinoamericanos de renovar nuestro compromiso “con-ciencia” hacia nuestros pueblos. Esta acción implica una psicología: consciente del relato histórico hegemónico heredado que ha operado como “lentes de los demás” (Martín-Baró, 1998:42) en la mirada sobre nuestros pueblos, en la construcción de su memoria y capacidades humanizadoras, en la determinación de
una identidad latinoamericana indolente reflexiva sobre las concepciones epistemológicas, metodológicas, ética y política
que han determinado y orientado su quehacer comprometida con una ética de liberación identificadora de las estructuras
ideológicas que regulan con efectos totalizadores la concepción de lo humano y la fuerza expresiva de un pueblo
promotora de una alteridad narradora de la propia historia que se revela en el cara-a-cara, en una relación inclusiva basada en la igualdad, el respeto por las diferencias individuales y singulares
forjadora de un legado identitario para las nuevas generaciones de psicólogas y psicólogos latinoamericanos.
Asumir una Psicología Latinoamericana es involucrarse en una praxis transformadora de la realidad y que al mismo tiempo nos transforme; es comprometerse con una ética de vida que contribuya a producirla y reproducirla en su corporeidad, en lo simbólico y
pulsional, en su especificidad y diversidad, en comunidad (Dobles, 2005). Los profesionales de la psicología de la Argentina asumimos la responsabilidad de hacer que el decir se encarne en actos.
Lic. Blanca Alvarez
DEPARTAMENTO DE PSICOLOGÍA LATINOAMERICANA - APBA
jueves, 3 de octubre de 2013
APBA INFORMA A TRAVES DEL DEPARTAMENTO DE SALUD MENTAL
El Departamento de Salud Mental de APBA se ha reunido en una comisiòn de trabajo, para la elaboraciòn de algunas propuestas sobre los problemas planteados en el borrador para consultas del Plan Nacional de Salud Mental. Las mismas fueron presentadas en la reuniòn de la mesa de salud mental constituida en FEPRA el 10 de septiembre, en funciòn de la convocatoria de la Direcciòn Nacional de Salud Mental y Adicciones, a aportar sugerencias, propuestas y lìneas de acciòn al borrador del Plan Nacional de Salud Mental, en el marco de la Ley Nacional de Salud Mental nro 26657 y su decreto reglamentario nro 603/2013, desde un modelo de atenciòn interdisciplinario., intersectorial e interministerial, que "reconoce a la salud mental como un proceso determinado por componentes històricos, socio econòmicos, culturales, biològicos, y psicologicos, cuya preservaciòn y mejoramiento implica una dinàmica de construcciòn social vinculada a la concreciòn de los derechos humanos de las personas". (cp. 2, art. 3, de la ley 26657), y como una instancia que no se agota en los servicios especìficos, sino que sostiene "una acciòn en el territorio inclusiva y transformadora"
APBA ha estado representada en dicha mesa, participando junto a representantes de colegios de las provincias de Còrdoba, Chaco, Mendoza, La Pampa, Tucumàn y Catamarca de la elaboraciòn de un documento y de su presentaciòn en el encuentro de consulta a asociaciones y federaciones llevado a cabo el 11 de septiembre en la Direcciòn Nacional de Salud Mental, en funciòn de la apertura a la construcciòn colectiva e interdisciplinaria de dicho plan, que la Direcciòn Nacional de Salud Mental y Adicciones presentarà con la integraciòn de los aportes de los diversos actores convocados, el dìa 8 de octubre en celebraciòn del Dìa de la Salud Mental.
Cristina Gartland
DEPARTAMENTO DE SALUD MENTAL
martes, 1 de octubre de 2013
APBA Informa a través del Departamento de Derechos Humanos: Reclamo por los derechos de personas con discapacidad
La Asociación de Padres de Infantes con Trastornos Neurológicos (APADIN) comunicó que si bien los derechos de las personas discapacitadas tienen amplia difusión, los problemas con la cobertura de las obras sociales persisten, por lo que gran cantidad de pacientes deben recurrir a las instituciones para lograr que cumplan con coberturas de tratamiento y entregas de prótesis.
“Se estima que en Argentina la población con discapacidad asciende a más de 2.000.000 de personas y el total de hogares con al menos una persona con discapacidad asciende a casi el 21% de los mismos”, señaló la doctora Laura Subies, autora del libro El Derecho y la Discapacidad y titular APADIN.
Sin embargo, gran parte de pacientes y familiares de esta población en crecimiento desconoce que cuenta con un sistema de prestaciones básicas de salud que cubren los diferentes aspectos de la vida de las personas con capacidades especiales.
Los encuentros para pacientes y familiares organizados por APADIN tiene la finalidad de orientar y asesorar sobre los distintos servicios a los que los mismos tienen acceso, acompañando especialmente a aquellas familias que recién comienzan a atravesar este camino por haber recibido el primer diagnóstico, momento en el cual la contención y la correcta información pueden permitir sostener un buen andamiaje familiar y de pareja.
Para ello, es necesario aclarar el concepto mismo de “persona con discapacidad”, que es aquella que padece una alteración funcional permanente o prolongada, física o mental, que en relación a su edad y medio social implica desventajas considerables para su integración familiar, social, educacional o laboral.
Aspectos legales que las personas con discapacidad deben conocer
• La Ley Nacional N° 24.901 instituye un sistema de prestaciones básicas de atención integral a favor de las personas con discapacidad, contemplando acciones de prevención, asistencia, promoción y protección, con el objeto de brindarles una cobertura integral a sus necesidades y requerimientos.
• Las obras sociales deberán otorgar las prestaciones o el reintegro del pago de las mismas si se realizan por agentes externos (en caso de que el agente de salud no cuente con prestadores específicos); el carácter es obligatorio, no voluntario.
• Abarca a la totalidad de las obras sociales, aún aquellas que se consideren excluidas de la ley 23.660, ya que toda persona con certificado de discapacidad tiene total acceso a las prestaciones incluidas en la ley.
• ¿Qué ocurre cuando una persona que padece alguna discapacidad no se encuentra afiliada a ninguna obra social? Si está asociado a un sistema de medicina prepaga, es esa empresa la que debe brindar la correspondiente cobertura en las mismas condiciones que una obra social (esto incluye tratamientos rehabilitatorios, traslados gratuitos, escolaridad, medicación, entre otros). Si no está afiliado a ningún sistema de salud, ya sea porque no trabaja en relación de dependencia o porque está desempleado y tampoco cuenta con medicina prepaga, el propio Estado, a través de sus organismos dependientes, deberá brindarle la totalidad de las prestaciones comprendidas dentro de la ley 24.901 (art. 4°).
• Por otro lado, la Ley N° 24.901 también establece que el Estado deberá otorgar una cobertura económica a la persona con discapacidad y/o su grupo familiar cuando se encuentre afectada por una situación económica deficitaria.
Algunas recomendaciones para los pacientes y sus familias:
• Obtener el certificado de discapacidad lo más rápido posible y mantenerlo vigente.
• Solicitar documentación completa y fundada del equipo tratante.
• Efectuar todas las solicitudes por escrito reservando copia con sello de presentación.
• No desgastarse en trámites burocráticos verbales.
• Asesorarse para enfrentar el trámite con la mayor y genuina información.
• Confiar en el cumplimiento de la ley.
• No temer que la obtención de un beneficio resta obligatoriedad para los demás requerimientos.
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