domingo, 28 de julio de 2013

APBA INTEGRANTE DEL FORO DE INSTITUCIONES DE PROFESIONALES EN SALUD MENTAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES



Documento del Foro en el cual se sienta posición respecto a lo ocurrido durante la última reunión a la cual la Dirección General de Salud Mental del Gobierno de la Ciudad ha convocado al Consejo General de Salud Mental que muchas de las instituciones del Foro integran.

FORO DE INSTITUCIONES DE PROFESIONALES EN SALUD MENTAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Hacia dónde va el COGESAM?

Quienes asistimos como delegados de diversas instituciones integrantes del  Foro de Instituciones de Profesionales en Salud Mental de la Ciudad de Buenos Aires, a la reunión del Consejo General de Salud Mental el jueves 27 de junio de este año, nos fuimos con algunos interrogantes y preocupaciones que entendemos indispensable sean aclarados próximamente.

Recordemos que el CoGeSaM fue creado por la Ley 448 de Salud Mental de la C.A.B.A., que en su artículo 6to. establece que el mismo será coordinado por la autoridad de aplicación y será de carácter consultivo, no vinculante, honorario, con funciones de asesoramiento y tendrá como funciones

a)      la formulación de políticas, programas y actividades de salud mental;
b)     la evaluación y seguimiento del Plan de Salud Mental;
c)      los aspectos vinculados a cuestiones éticas;
d)     los lineamientos generales de políticas en articulación con el Consejo General de Salud.

Hace más de cuatro años que la autoridad de aplicación desaprovecha este valioso espacio de participación con reuniones sin rumbo ni continuidad.

Desde la actual gestión no ha habido un nuevo Plan de Salud Mental y menos aún la consulta a las organizaciones del CoGeSaM como marca la Ley.

Yendo a la reunión, si bien la temática referida a la grave y repudiable represión en el Hospital Borda ocupó gran parte de la misma, no terminó de aclararse por qué razón las autoridades del área a saber, la Directora General de Salud Mental y el Director del Hospital, no estaban informados de lo que iba a ocurrir.

Nos preguntamos: de haber habido, de acuerdo con la Ley 448, un Plan de Salud Mental, una política y programas acordes donde, entre otras cosas, se hubiesen definido claramente y en acuerdo con los trabajadores del sector los cursos de acción respecto de los hospitales monovalentes, habría sido necesaria esa intromisión policial tan funesta?

En todo caso, si se estaba ejecutando una acción tendiente a modificar un sector del Hospital, dicha acción debía haber estado encuadrada en la planificación del área, o al menos en alguna de sus directivas generales.

Resultó evidente entonces que esa ausencia de planificación en nada colaboró a evitar lo sucedido y la acción llevada a cabo luce aislada en el concierto o desconcierto de medidas impulsadas hasta el momento.

Consideramos de suma gravedad que la Directora haya afirmado en el transcurso de la reunión que ella puede “evadir la Ley Nacional de Salud Mental” poniéndose por encima de los mandatos legislativos y los acuerdos básicos que nos agrupan como sector.

Queda también como interrogante saber a partir de qué relevamiento o qué información técnicamente comprobable, afirma la Directora General que en la Ciudad de Buenos Aires no hay manicomios, siendo que existen no pocas observaciones de diversos organismos que dan cuenta de otra realidad al respecto.

Nos pareció preocupante además el clima de violencia desatado contra la opinión de la representante de familiares de pacientes, una muestra de lo que ocurre muchas veces cuando se sostiene una posición diferente y se la trata de acallar con prepotencia y autoritarismo so pretexto de defender el hospital público o sintiéndose víctima de una acusación.

Por todo esto, y a los efectos de hacer productiva nuestra participación junto con la de las otras organizaciones, reclamamos: 

1.    Que se dé continuidad y frecuencia operativa a las reuniones.
2.    Que se presenten los lineamientos, planes, programas e información con la que se pueda cumplir con nuestro mandato de ley.
3.    Que la autoridad de aplicación y todos los integrantes firmemos un acta de acuerdo básico con la Ley 448 de Ciudad y la Ley 26.657 de Nación.
4.    Que se informe acerca de las actuaciones judiciales tendientes a poner en claro responsabilidades de lo ocurrido en la represión del Hospital Borda.

Defender el hospital público es defender el hospital del y para el pueblo y no como propiedad de una corporación.


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